Si tu empresa te cede un coche para uso particular, Hacienda valora ese beneficio como el 20% anual del valor de mercado del vehículo — pero esa valoración se reduce hasta un 30% si el coche es eléctrico o energéticamente eficiente. Es una de las ventajas fiscales menos conocidas de la electrificación, y afecta directamente a cuánto vas a pagar en tu próxima declaración de la renta.
Ideas clave
- La retribución en especie de un coche de empresa se valora como el 20% anual de su valor de mercado, incluyendo IVA y gastos de adquisición.
- Esa valoración se reduce hasta un 30% si el vehículo es eléctrico puro o híbrido enchufable con al menos 15 km de autonomía eléctrica y precio inferior a 40.000€.
- La reducción también se aplica a los casos en que la empresa cede el vehículo mediante un contrato de renting.
- Las retribuciones en especie no pueden superar el 30% del salario bruto anual del trabajador.
¿Cómo se calcula la retribución en especie de un coche de empresa?
Cuando una empresa pone un vehículo a disposición de un trabajador para uso privado —o mixto, laboral y personal—, se genera una retribución en especie que tributa en el IRPF del empleado. La valoración fiscal se calcula aplicando el 20% anual sobre el valor de mercado del vehículo, incluyendo el IVA y los gastos de adquisición, cuando existe disponibilidad completa del coche.
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¿Qué requisitos debe cumplir el vehículo para la reducción del 30%?
La normativa establece una reducción de hasta el 30% en esa valoración cuando el vehículo cedido es eficiente energéticamente —con emisiones inferiores a 120 g/km de CO2. Para vehículos eléctricos puros (BEV) o híbridos enchufables (PHEV), esa reducción del 30% se aplica siempre que el modelo tenga al menos 15 km de autonomía eléctrica y un precio inferior a 40.000€.
Este requisito del precio máximo de 40.000€ es un matiz que muchas guías generales pasan por alto: si el coche de empresa que te ofrecen supera esa cifra, aunque sea eléctrico, podrías no tener derecho a la reducción completa del 30% en la valoración, conviene confirmarlo explícitamente con el departamento de RRHH o el asesor fiscal de la empresa antes de asumir que aplica automáticamente.
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¿Quién paga el ingreso a cuenta a Hacienda?
La empresa está obligada a realizar el ingreso a cuenta correspondiente a esta retribución en especie ante Hacienda. Ese coste puede repercutirlo al trabajador, descontándolo de su nómina, o asumirlo ella misma; si la empresa decide asumirlo, ese ingreso a cuenta se suma a la valoración de la retribución en especie a efectos del IRPF del trabajador.
La reducción del 30% por eficiencia energética no solo beneficia al empleado: al reducir la valoración de la retribución en especie, también reduce el importe del ingreso a cuenta que la empresa debe practicar (pbs.es, 2026).
¿Aplica la reducción también si el coche es en renting?
Sí. La reducción del 30% en la retribución en especie se aplica igualmente a los casos de cesión mediante contrato de renting, no solo cuando el vehículo es propiedad directa de la empresa. Esto es relevante porque el renting es, en la práctica, la fórmula más habitual que usan las empresas para poner un coche a disposición de sus empleados, más que la compra directa.
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¿Cuándo compensa aceptar un coche de empresa frente a pedir el equivalente en salario?
La respuesta depende de tu situación personal y de si valoras más la comodidad de no gestionar un coche propio, o el efectivo. Fiscalmente, un coche de empresa eléctrico con la reducción del 30% aplicada suele salir más ventajoso que recibir el equivalente en salario bruto, porque el salario tributa al 100% en tu base imponible, mientras que el coche solo tributa por el 20% de su valor —reducido al 14% si aplica la rebaja del 30%— (20% × 0,70 = 14%).
Es una comparación que conviene calcular con tus propios números: cuánto te costaría comprar, hacer renting o leasing de ese mismo coche por tu cuenta frente a asumir la tributación reducida del coche de empresa. Nuestra calculadora te permite estimar el coste neto de las tres modalidades para comparar directamente con esta opción.
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto tributa un coche de empresa en el IRPF?
Se valora como el 20% anual del valor de mercado del vehículo, incluyendo IVA y gastos de adquisición, cuando hay disponibilidad completa.
¿Qué reducción tiene un coche de empresa eléctrico?
Hasta un 30% en la valoración de la retribución en especie, si el vehículo es eléctrico puro o híbrido enchufable con al menos 15 km de autonomía eléctrica y precio inferior a 40.000€.
¿La reducción del 30% aplica si mi empresa tiene el coche en renting?
Sí, la reducción se aplica igual tanto si el vehículo es propiedad de la empresa como si lo tiene en renting.
¿Quién paga el ingreso a cuenta de la retribución en especie?
La empresa está obligada a realizarlo ante Hacienda, aunque puede repercutirlo al trabajador en nómina o asumirlo ella misma.
¿Hay un límite máximo para las retribuciones en especie?
Sí, no pueden superar el 30% del salario bruto anual del trabajador.
Un coche de empresa eléctrico o eficiente tributa de forma mucho más favorable que su equivalente en salario, gracias a la reducción de hasta el 30% en la valoración de la retribución en especie. El matiz que no debes pasar por alto es el requisito de precio máximo de 40.000€ para acceder a esa reducción completa en vehículos electrificados.
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Fuentes citadas
- qualityconta.com, Retribución en especie para vehículos de empresa: ¿cómo calcularlo?, https://www.qualityconta.com/retribucion-en-especie-para-vehiculos/
- calculadoranomina.com, Retribuciones en Especie 2026: Cómo Tributan, https://www.calculadoranomina.com/retribuciones-especie-2025.html
- copilotgestoria.com, Deducción Vehículo Eléctrico 2026: Cómo Desgravar hasta 3.000€ en IRPF e Impuesto de Sociedades, https://copilotgestoria.com/blog/deduccion-vehiculo-electrico-2026-desgravar-irpf-sociedades-guia-gestorias
- pbs.es, Ceda a empleados vehículos energéticos eficientes para reducir IRPF, https://www.pbs.es/cesion-a-empleados-de-vehiculos-eficientes-energeticamente-reduce-el-irpf/
- autopistamotor.es, Aspectos clave en el IRPF de vehículos eléctricos, https://autopistamotor.es/blog/irpf-vehiculos-electricos/